Efectividad del Sistema de Justicia Penal Juvenil Venezolano
DOI:
https://doi.org/10.59654/g0k2nb11Palabras clave:
Lopnna, imputabilidad, inimputabilidad, sanciones, responsabilidad subsidiaria.Resumen
En el presente ensayo se plantea la inaplazable reforma de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, o la creación de un Código Orgánico Procesal Penal de la Adolescencia, que redireccione el sentido y alcance de la Ley Especial, en cuanto a la imputabilidad, responsabilidad subsidiaria en los casos de inimputabilidad y sanciones coactivas por incumplimiento del niño que alcanzando la adolescencia desobedezca las medidas de protección, impuestas por el Consejo de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Estimando que se debe regular expresamente la forma de revisión de las sanciones privativas de libertad, atendiendo al tiempo físico cumplido en la entidad de reclusión, plan de terapia individual, informes emitidos por los centros donde el adolescente se encuentra detenido, bien jurídico protegido y magnitud del daño causado. Por cuanto, la investigación del camino delictual juvenil, consagra una de las premisas más importantes en el campo del derecho penal de adolescentes, en virtud, que cada día se afianza más la aparición de jóvenes infractores que mantienen su actuación criminal siendo adultos; razón por la que es necesaria la reformulación e implementación de políticas públicas que controlen formalmente esa acción delictiva en los adolescentes.
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Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, (2015). Gaceta Oficial N° 6.185 del 8 de junio de 2015.
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